EL CULEBRON DEL BAJO VIAS

(11/05/2011)- La larga historia del bajo vías torna a consolidarse como incomparable culebrón de la realidad bernalense. A pocos días de haberse conocido la reunión de los funcionarios de Obras púbicas del municipio con los ingenieros que representan a la agrupación de vecinos autoconvocados en La Plata y luego de ser confirmada una nueva reunión para esclarecer, ésta se realizó el martes 10 de mayo (ayer) pero solo habría oscurecido aún más.
La cita fue a las 18 en el Municipio y a ella acudieron solamente los vecinos que se pronuncian en favor del bajovías en Espora-Avellaneda, mientras que la ausencia de los autoconvacados, fue comentada por la Secretaria de Obras Publicas (Roxana González) como inesperada, agregando su asistente personal, que ella misma había citado telefónicamente y que había recibido confirmación de uno de los representantes. Tampoco hubo en la reunión ningún medio y luego pudo confirmarse que por lo menos cuatro medios, de los que se caracterizan por su independencia periodística, no fueron avisados de la reunión. Además, en el caso de BERNALES, durante la mañana de ayer, le fue negada la reunión de esa tarde.
Por su parte, el representante de los aotoconvocados, ingeniero Luis Rivera afirmó no haber recibido invitación por ninguna vía y en cuanto al otro referente, el ingeniero Elido Scian, según lo informado por fuentes muy allegadas a su entorno familiar, se encuentra desde hace varios días en un delicado estado de salud que provocó su internación en el Sanatorio Modelo y hoy fue derivado a guardar reposo domiciliario absoluto.
Entretanto, los autoconvocados dieron a conocer una grave denuncia presentada ante el Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable, con copia a la Ministra de Infraestructura y al Administrador General de Vialidad. La citada presentación, fechada el diez de mayo (ayer) está encabezada así: “DENUNCIAMOS DOCUMENTACION FALSA” y en su largo texto de varias fojas explicitan: “Ref.: EXP.: 2410-8-1535-2009 y 2145-2485-2010 - BAJO VIAS ESPORA – BERNAL LA ASAMBLEA PERMANENTE DE LOS VECINOS AUTOCONVOCADOS DE BERNAL DENUNCIAMOS DOCUMENTACION FALSA
I) PERSONERIA
La Asamblea Permanente de los Vecinos Autoconvocados de Bernal Centro, Villa Cramer, Don Bosco, Barrio Parque y Villa Alcira, en el Expediente N° 2410-8-1535-2009 en todos sus alcances y Agregado Acumulado al Expediente N° 2145-2485-2010 en todos sus alcances, al Señor Director Provincial respetuosamente decimos:
II) OBJETO
I.- Nos presentamos con el objeto de DENUNCIAR el incumplimiento a las observaciones contenidas en el Art.1 de la resolución 724/11 de fecha 17 de marzo de 2011 que declaro Ambientalmente Apto el proyecto de obra denominado “Obra paso en bajo nivel – Estación Bernal. Calle Espora, porque varias de las supuestas conformidades agregadas al expediente, SON FALSAS de acuerdo a los siguientes fundamentos.-
III) FUNDAMENTOS 1.1. La supuesta conformidad emitida por el SANATORIO BERNAL, se la hicieron firmar al ex portero - vigilador de esa Institución, agregando, en evidente abuso de confianza, el respectivo sello aclaratorio. En prueba de lo dicho adjuntamos a la presente, suscripta por sus autoridades legítimas, la EXPRESA DISCONFORMIDAD del SANATORIO BERNAL, con la obra de referencia, desmintiendo así la obrante en los expedientes indicados.-

1.2. Se ha hecho firmar la nota de la “Escuela Nº 24” a persona NO AUTORIZADA para hacerlo.- Es obvio que es la Dirección General de Cultura y Educación quién debía expedirse al respecto y no una supuesta vicedirectora de escuela, quién no está legalmente autorizada para ello. Se desconoce expresamente la autenticidad y validez de tal conformidad.-

Debe requerirse la debida conformidad a la Dirección General de Cultura y Educación.-

1.3. Se ha hecho firmar la nota de las “Escuela Primaria Nº 47” y “Escuela Secundaria Nº 55” a personas NO AUTORIZADAS para hacerlo.- Es obvio que es la Dirección General de Cultura y Educación quién debía expedirse al respecto y no unas supuestas autoridades sin sello en sus firmas, quién no están legalmente autorizadas para ello. Se desconoce expresamente la autenticidad y validez de tal conformidad.-

Debe requerirse la debida conformidad a la Dirección General de Cultura y Educación.-

1.4. Se ha hecho firmar la nota del “Instituto María Auxiliadora” a personas NO AUTORIZADAS para hacerlo.- Es obvio que es la Dirección General de Cultura y Educación quién debía expedirse al respecto y no unas supuestas autoridades sin sello en sus firmas, quién no están legalmente autorizadas para ello. Se desconoce expresamente la autenticidad y validez de tal conformidad.-

Debe requerirse la debida conformidad a la Dirección General de Cultura y Educación.-

1.5. Lo mismo ocurre con la supuesta “conformidad” de las “Comisaría 2da. de Bernal” y “Comisaría 8va. de Bernal”. Esas instituciones públicas deben dictaminar a través de los canales orgánicos debidamente establecidos. Se desconoce expresamente la autenticidad y validez de tal conformidad.-

Debe requerirse la debida conformidad al Ministerio de Seguridad.-

1.6. Lo mismo ocurre con la supuesta “conformidad” de la “Sociedad de Fomento de Barrio Parque” emitida por el Ing. Cayetano Lavalle, Presidente de la misma. Esa institución pública debe dictaminar a través de los canales orgánicos debidamente establecidos. Se desconoce expresamente la autenticidad y validez de tal conformidad.-
También es falso lo expresado por el, que se conto con el aval del 90% de los asistentes a las reuniones informativas.

1.7. Lo mismo ocurre con la supuesta “conformidad” del “Club Social y Deportivo Bernal”. Esa institución pública debe dictaminar a través de los canales orgánicos debidamente establecidos. Se desconoce expresamente la autenticidad y validez de tal conformidad.-

1.8. Igualmente destacamos que las supuestas “conformidades” agregadas al expediente de referencia, no han sido certificadas por ninguna autoridad competente, dado que quién aparece “certificando” tales firmas (Sr. Jorge Bender), no tiene autoridad para hacerlo. No es escribano, ni funcionario público.-
Además el Sr. Jorge Bender lo hace en forma propia en dos oportunidades folios 143 y 144 del expediente, en complicidad manifiesta con las autoridades municipales.-

Por ello desconocemos y negamos la autenticidad de todas las firmas, que supuestamente, prestan conformidad con la realización de la obra, dado que NO FUERON CERTIFICADAS por escribano, ni funcionario público habilitado.-

II. El Municipio de Quilmes también ha incurrido en falsedad ideológica al denominar “audiencias públicas” a meras “reuniones informativas”.- Nos referimos a las que convocó los días 25 de Noviembre de 2010 en la Cámara de Comercio de Bernal y 15 de diciembre de 2010 en el Club Atlético Bernal de Bernal.

Las “audiencias públicas” deben ser realizadas formalmente, deben tener una convocatoria clara y expresa, debe fijarse fecha, hora y lugar de celebración, conforme las previsiones del "REGLAMENTO GENERAL DE AUDIENCIAS PUBLICAS PARA EL PODER EJECUTIVO NACIONAL" aprobado por el Decreto P.E.N. N° 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y por ley 13569 de la Provincia de Buenos Aires.-

Debió establecerse el lugar, horario y plazo para tomar vista de las actuaciones, inscribirse para ser participante y presentar la documentación relacionada con el objeto de la audiencia. Los interesados en el tema puesto en consulta, deberían haber podido tomar vista de las actuaciones administrativas vinculadas al objeto de la AUDIENCIA PUBLICA que a su vez debería haber contado con el PROYECTO DE ACTA ACUERDO, la totalidad de los Anexos que la componen y sus antecedentes, como también inscribirse en el REGISTRO DE PARTICIPANTES, fijando las fechas y horarios y lugar de inscripción.-

Debería haberse hecho saber que los interesados en efectuar exposiciones orales durante el desarrollo de la AUDIENCIA PUBLICA debían cumplir con los siguientes requisitos: a) inscribirse en forma previa en el REGISTRO DE PARTICIPANTES y b) presentar por escrito un informe que refleje el contenido de la exposición a realizar en la AUDIENCIA, el cual debería presentarse con antelación al cierre del REGISTRO DE PARTICIPANTES.

Indicando además que aquellos interesados en exponer durante la AUDIENCIA y que se domicilien en la ciudad de Bernal, podrían anotarse en el REGISTRO DE PARTICIPANTES enviando una presentación por correo dirigida a "Municipalidad de Quilmes”, que debería haber recibido con antelación al cierre de dicho REGISTRO. Los interesados deberían adjuntar en el envío postal: a) el formulario de inscripción en el REGISTRO DE PARTICIPANTES completado con los datos exigidos; b) presentar por escrito un informe que refleje el contenido de la exposición a realizar en la AUDIENCIA, y c) fotocopias del documento de identidad donde conste los datos personales y el domicilio. Pudiendo acompañar asimismo, toda otra documentación y/o propuestas relacionadas con el tema en consulta. El formulario a completar por los interesados para inscribirse en el REGISTRO DE PARTICIPANTES, debería haber estado disponible en el domicilio antes indicado.

Debía establecerse que la inscripción en el registro sería libre y gratuita.

También debió indicarse quienes serían las AUTORIDADES DE LA AUDIENCIA PUBLICA: Por lo menos su Presidente y Secretario.-

Debieron indicarse los TERMINOS EN QUE SE INFORMARIA DEL RESULTADO DE LA AUDIENCIA: y la publicación Oficial que daría cuenta de la realización de la AUDIENCIA PUBLICA, mediante una publicación en el Boletín Oficial.

También debió establecer un plazo para adoptar la resolución final sobre el entendimiento puesto en consulta. Dicha posición debió agregarse a las actuaciones administrativas.-

Tampoco se establecieron los MEDIOS DE DIFUSION de tal CONVOCATORIA que debió ser difundida a través de avisos publicados durante DOS (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia y en los diarios de mayor difusión de la ciudad de Bernal.-

Nada de eso hizo la Municipalidad de Quilmes, violando elementales normas legales.-

Por el contrario, se limitó a hacer dos reuniones informativas, donde los “funcionarios” se limitaron a manifestar generalidades, y donde no obtuvieron ninguna conformidad, porque tampoco la pidieron.-

IV) DENUNCIAN FALSEDAD IDEOLOGICA.-

Es una falsedad ideológica obvia y notoria pretender transformar meras “reuniones informativas” en “audiencias públicas” como las que la ley requiere.-

Reiteramos una vez más que la ASAMBLEA PERMANENTE DE LOS VECINOS AUTOCONVOCADOS DE BERNAL, JAMAS PRESTO SU CONFORMIDAD CON LA OBRA, es fundamental recordar que la propia OPDS, requirió “el consenso con los distintos sectores involucrados” como consta en los informes del Área Unidad Ambiental de la DVBA de fecha 2 de agosto y 8 de setiembre de 2010 cuyas copias se anexaron al RECURSO DE REVOCATORIA Y JERARQUICO EN SUBSIDIO de fecha 14 de abril de 2011. Notas que fueran remitidas por la DVBA al Municipio.


V) PETITORIO

Por lo expuesto al Sr. Director solicitamos:

1. Agregue la presente a los Expedientes de Referencia.-

2. Tenga presente la DISCONFORMIDAD expresa del Sanatorio Bernal y la desautorización de quién invocó una falsa representación.-

3. Tenga presente nuestra DISCONFORMIDAD con los que firmaron sin autoridad para hacerlo, como el caso de todos las Escuelas dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación.

4. Tenga presente también la falsedad ideológica en la que incurrió la Municipalidad de Quilmes al pretender hacer pasar por “audiencias públicas”, aquellas que sólo fueron meras reuniones informativas.-

5. Tenga por incumplidas las Observaciones del art. 1 del Anexo, y consecuentemente REVOQUE la resolución oportunamente dictada, estableciendo que esta obra NO ES AMBIENTALMENTE APTA


Provéase de conformidad, que SERA JUSTICIA.-




c/C:

.- Ministra de Infraestructura Arq. Cristina Álvarez Rodríguez
.- Administrador General de Vialidad - Ing. Arcángel Curto