EXENCION DE IMPUESTOS MUNCIPALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
(23/04/2018)- El Municipio de Quilmes inició el plan
de exención para jubilados y pensionados del impuesto de Servicios Urbanos
Municipales (SUM) correspondiente a 2018. La opción de realizar este trámite se
extenderá hasta el 31 de agosto para todos los jubilados y pensionados que
acrediten ser titulares de vivienda única, de ocupación permanente y personal.
El trámite para renovar o acceder a este beneficio, puede
realizarse en la Municipalidad, Alberdi 500, planta baja. De acuerdo a los
topes establecidos, la exención de la tasa por Servicios Urbanos Municipales
puede llegar al 100% y habrá tiempo hasta el 31 de agosto.
El titular de la Agencia de Recaudación Quilmes,
Leonardo Di Cristóforo explicó: “Este beneficio contempla a los contribuyentes
jubilados y pensionados con vulnerabilidad social que se encuadren dentro de
los requisitos para acceder a una exención de hasta el 100 % de la tasa o,
dependiendo el caso, según la escala de ingresos, de un 75, 50 o 25%”,.
De acuerdo a la escala generada tras la actualización
de marzo de los haberes jubilatorios, se estipulan los siguientes porcentajes
de exenciones de la tasa: los que cobren hasta $ 11.490,63, un 100%; desde $
11.490,64 hasta $ 13.405,73, un 75%; desde $ 13.405,74 hasta $ 15.320,84, un
50% y desde $ 15.320,85 hasta $
17.235,94, un 25%.
La solicitud de la exención a la tasa SUM 2018 se
realiza en el Palacio Municipal (sector ARQUI), de Alberdi 500, planta baja,
Quilmes, de lunes a viernes de 8 a 14. En ese sentido, se informó que para
poder brindar una correcta atención al público, se entregarán hasta 80 números.
En todos los casos, los interesados deberán presentar
la documentación requerida en original y fotocopia, como asà también el RUB
(Registro Único de Beneficiario) que se solicita en las oficinas de ANSES.
Para la renovación del beneficio, se tiene que
acreditar la siguiente documentación:
*Último recibo de haber jubilatorio 2018 (de marzo a
agosto uno solo) del peticionante y del conviviente.
*DNI con domicilio actualizado, tanto del presentante
como del cónyuge o convivientes.
*En caso de que alguno de los cónyuges o convivientes
sea desocupado, deberá presentar Certificación Negativa de ANSES.
*En caso de divorcio o separación de hecho, presentar
documentación correspondiente.
*En caso de ser ciudadano extranjero, certificación
negativa de haberes del paÃs de origen, salvo aquellos nacidos en paÃses
limÃtrofes.
*En caso de fallecimiento del cónyuge, certificado de
defunción.
*Constancia de exención año 2017 y/o trámite iniciado
para el año 2017.
*En caso de ser Monotributista AFIP, constancia de
opción Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y Comprobante de pago
del Monotributo.
Mientras que para solicitarla por primera vez o con
efecto retroactivo, se debe presentar:
*TÃtulo de propiedad o boleto de compra venta.
*Recibo de haber jubilatorio 2018 del peticionante (de
marzo a agosto uno solo) y del conviviente (uno por cada año que registra deuda a partir de 2013 y por
cada beneficio).
*Constancia ANSES (RUB) que acredite los beneficios
percibidos.
*En caso de que alguno de los cónyuges o convivientes
sea desocupado, deberá presentar Certificación Negativa de ANSES.
*Para los que cobran por IPS, deberán presentar
Certificación Negativa ANSES.
*DNI con domicilio actualizado, tanto del presentante
como del cónyuge y/o convivientes.
*En caso de divorcio o separación de hecho, presentar
documentación correspondiente.
*Recibo de Tasa SUM del inmueble sobre el cual se
desea solicitar la exención.
*Recibo de EDESUR correspondiente al último servicio
del inmueble.
*En caso de fallecimiento del cónyuge, certificado de
defunción.
*En caso de ser ciudadano extranjero, certificación
negativa de haberes del paÃs de origen que acredite que no cobra jubilación y/o
pensión, salvo aquellos nacidos en paÃses limÃtrofes.
*En caso de ser Monotributista AFIP, constancia de
opción Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y Comprobante de pago
del Monotributo
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