INSCRIPCIÓN DE CARREROS, CARTONEROS Y RECOLECTORES URBANOS


 

 

Es un requisito imprescindible para quienes quieran ingresar a los programas de formalización del trabajo.

 

(1/03/2013)- El Municipio de Quilmes abrió el Registro de Recolectores Urbanos no Formales en el marco de la Ordenanza 11840/12 que regula esta actividad en el distrito.

En cumplimiento de la citada norma, y hasta tanto los caballos sean reemplazados por otro medio de tracción, la Dirección de Higiene Urbana, dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente, comenzó la inscripción de carreros, cartoneros y recolectores urbanos.

Horacio Rojas, director del área de Higiene Urbana detalló que en esta jornada, fecha de entrada en vigencia de la norma, “se acercaron por lo menos 20 carreros, muchos a averiguar cómo se realiza el trámite y qué es lo que tienen que traer. Acá se pintan los laterales de azul, con un espacio en blanco donde se coloca una letra y un número de registro. Les explicamos principalmente que ellos no pueden trasladar nada que sea basura domiciliaria. Sí pueden trasladar todo lo que se reciclable: cartón, hierro, plásticos” aseveró Rojas e informó además sobre los límites de circulación según los días, horarios y lugares.

“Ellos pueden andar en un cierto horario. Antes de las 7.30  de la mañana tienen que estar ya fuera de lo que es el centro de Quilmes, Solano, Ezpeleta, Bernal y Don Bosco, de lunes a viernes. Hay algunas diferencias, que quedaron registradas y asentadas en la base de datos, que trabajan sábado y domingo”, agregó el funcionario.

Del mismo modo, entre otras indicaciones, Rojas hizo hincapié en que la tarea deberá adecuarse a otras disposiciones como que sólo podrá ser conducido por el titular, mayor de edad además de poder transportar únicamente residuos reciclables, ni ramas, residuos orgánicos o domiciliarios.

El trámite se realiza en la sede de Higiene Urbana, República del Líbano y Condarco, de lunes a viernes de 8 a 12, donde también se informa sobre los cursos de capacitación que deberán tomar en el mismo marco legal.

 

Puntos principales de la ordenanza 11840/12

Se prohíbe a los carros traccionados por caballos:

-Circular con menores de edad.

-Circular en las zonas céntricas del distrito, entre las 7:30 hasta las 21 horas.

-Transportar residuos domiciliarios. Sólo pueden trasladar residuos reciclables y estos ser derivados a lugares autorizados.

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