INSCRIPCIÓN DE CARREROS, CARTONEROS Y RECOLECTORES URBANOS
Es un requisito imprescindible para quienes quieran ingresar a los programas de
formalización del trabajo.
(1/03/2013)- El Municipio de
Quilmes abrió el Registro de Recolectores Urbanos no Formales en el marco de la
Ordenanza 11840/12 que regula esta actividad en el distrito.
En cumplimiento
de la citada norma, y hasta tanto los caballos sean reemplazados por otro medio
de tracción, la Dirección de Higiene Urbana, dependiente de la Secretaría de
Medio Ambiente, comenzó la inscripción de carreros, cartoneros y recolectores
urbanos.
Horacio Rojas,
director del área de Higiene Urbana detalló que en esta jornada, fecha de
entrada en vigencia de la norma, “se acercaron por lo menos 20 carreros,
muchos a averiguar cómo se realiza el trámite y qué es lo que tienen que traer.
Acá se pintan los laterales de azul, con un espacio en blanco donde se coloca
una letra y un número de registro. Les explicamos principalmente que ellos no
pueden trasladar nada que sea basura domiciliaria. Sí pueden trasladar todo lo
que se reciclable: cartón, hierro, plásticos” aseveró Rojas e informó
además sobre los límites de circulación según los días, horarios y lugares.
“Ellos pueden
andar en un cierto horario. Antes de las 7.30 de la mañana tienen que
estar ya fuera de lo que es el centro de Quilmes, Solano, Ezpeleta, Bernal y
Don Bosco, de lunes a viernes. Hay algunas diferencias, que quedaron
registradas y asentadas en la base de datos, que trabajan sábado y domingo”, agregó el
funcionario.
Del mismo modo,
entre otras indicaciones, Rojas hizo hincapié en que la tarea deberá adecuarse
a otras disposiciones como que sólo podrá ser conducido por el titular, mayor
de edad además de poder transportar únicamente residuos reciclables, ni ramas,
residuos orgánicos o domiciliarios.
El trámite se
realiza en la sede de Higiene Urbana, República del Líbano y Condarco, de lunes
a viernes de 8 a 12, donde también se informa sobre los cursos de capacitación
que deberán tomar en el mismo marco legal.
Puntos
principales de la ordenanza 11840/12
Se prohíbe a los
carros traccionados por caballos:
-Circular con
menores de edad.
-Circular en las
zonas céntricas del distrito, entre las 7:30 hasta las 21 horas.
-Transportar
residuos domiciliarios. Sólo pueden trasladar residuos reciclables y estos ser
derivados a lugares autorizados.
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