FACILIDADES DE PAGO PARA DEUDAS MUNICIPALES

(29/02/2012)- El Municipio de Quilmes, a través de la recientemente creada Agencia de Recaudación puso a disposición de los contribuyentes un plan para cancelar deudas, al contado y en cuotas, con descuentos de los montos por intereses. (ordenanza 11815/2011).
Este plan contempla la cancelación de deudas por las tasas municipales en hasta 48 cuotas y la opción al débito automático bancario. Además, se incluye un Plan Social, para personas de bajos recursos económicos.

Los planes de pagos pueden suscribirse en:
• Oficina de Rentas (Alberdi 500, PB, Quilmes).
• Unidad Municipio Bernal (Belgrano 450);
• Unidad Municipio Ezpeleta (Honduras 5259);
• Unidad Municipio Quilmes Centro (Sarmiento 608);
• Unidad Municipio Quilmes Oeste (12 de Octubre y Vélez Sarsfield);
• Unidad Municipio Solano (897 y 843).


PLAN GENERAL
(incluye todos los tributos devengados al 31/12/2011)
Contempla la eliminación total de los importes por intereses para pagos al contado antes del 30 de abril y del 90 % al 31 de mayo; del 80 % al 30 de Junio y del 70 % al 31 de Julio. Además, hay formas de pagos desde 3 hasta 48 cuotas con escala de descuentos de intereses que van del 80 % al 5 %.

PLAN SOCIAL
(sólo para Tasa SUM –ex ABL– y Servicios Sanitarios)

Este plan está sujeto a la aprobación de la autoridad competente según se cumplan los requisitos establecidos. El descuento sobre los recargos es del 100%, financiados en hasta 140 cuotas sin interés. La cantidad de cuotas resultará de dividir el monto nominal adeudado por el importe de la cuota, y el anticipo será la primera cuota más el saldo para redondear el número de cuotas hasta un máximo de 140.

Ejemplo: Si alguien debe 1.500 pesos y le corresponde una cuota de 15.- pesos (porque la cuota que paga de ABL actual es igual o mayor que $ 15), cancelará su deuda en 100 cuotas (1500 % 15).

Requisitos:
1. Ser titular y/o poseedor a título de dueño de la propiedad sobre la que registra la deuda.
2. Residir efectivamente en el inmueble.
3. El inmueble debe ser el único que posean el contribuyente y su cónyugue.
4. La valuación fiscal del inmueble no deberá superar los 70.000 pesos.
5. El ingreso de grupo familiar conviviente no debe superar en dos veces el salario mínimo, vital y móvil (es decir, no deben superar los $ 3.450.-), y deberá acreditarse con recibos de haberes y constancias de Anses.
6. Al momento de suscribir el plan, no deben adeudarse cuotas del año en curso, y el suscribiente firmará una Declaración Jurada en donde dará fe de que la información declarada es verídica. En caso de constatarse falsedad en lo manifestado automáticamente se dará por suspendido el plan, originando la deuda, más intereses y recargos.

(29/02/2012)- El Municipio de Quilmes, a través de la recientemente creada Agencia de Recaudación puso a disposición de los contribuyentes un plan para cancelar deudas, al contado y en cuotas, con descuentos de los montos por intereses. (ordenanza 11815/2011).
Este plan contempla la cancelación de deudas por las tasas municipales en hasta 48 cuotas y la opción al débito automático bancario. Además, se incluye un Plan Social, para personas de bajos recursos económicos.

Los planes de pagos pueden suscribirse en:
• Oficina de Rentas (Alberdi 500, PB, Quilmes).
• Unidad Municipio Bernal (Belgrano 450);
• Unidad Municipio Ezpeleta (Honduras 5259);
• Unidad Municipio Quilmes Centro (Sarmiento 608);
• Unidad Municipio Quilmes Oeste (12 de Octubre y Vélez Sarsfield);
• Unidad Municipio Solano (897 y 843).


PLAN GENERAL
(incluye todos los tributos devengados al 31/12/2011)
Contempla la eliminación total de los importes por intereses para pagos al contado antes del 30 de abril y del 90 % al 31 de mayo; del 80 % al 30 de Junio y del 70 % al 31 de Julio. Además, hay formas de pagos desde 3 hasta 48 cuotas con escala de descuentos de intereses que van del 80 % al 5 %.

PLAN SOCIAL
(sólo para Tasa SUM –ex ABL– y Servicios Sanitarios)

Este plan está sujeto a la aprobación de la autoridad competente según se cumplan los requisitos establecidos. El descuento sobre los recargos es del 100%, financiados en hasta 140 cuotas sin interés. La cantidad de cuotas resultará de dividir el monto nominal adeudado por el importe de la cuota, y el anticipo será la primera cuota más el saldo para redondear el número de cuotas hasta un máximo de 140.

Ejemplo: Si alguien debe 1.500 pesos y le corresponde una cuota de 15.- pesos (porque la cuota que paga de ABL actual es igual o mayor que $ 15), cancelará su deuda en 100 cuotas (1500 % 15).

Requisitos:
1. Ser titular y/o poseedor a título de dueño de la propiedad sobre la que registra la deuda.
2. Residir efectivamente en el inmueble.
3. El inmueble debe ser el único que posean el contribuyente y su cónyugue.
4. La valuación fiscal del inmueble no deberá superar los 70.000 pesos.
5. El ingreso de grupo familiar conviviente no debe superar en dos veces el salario mínimo, vital y móvil (es decir, no deben superar los $ 3.450.-), y deberá acreditarse con recibos de haberes y constancias de Anses.
6. Al momento de suscribir el plan, no deben adeudarse cuotas del año en curso, y el suscribiente firmará una Declaración Jurada en donde dará fe de que la información declarada es verídica. En caso de constatarse falsedad en lo manifestado automáticamente se dará por suspendido el plan, originando la deuda, más intereses y recargos.