PROPONEN ANTIDOPING EN ARTES MARCIALES Y DEPORTES DE LUCHA
(06/02/2020) –Un proyecto de Ley presentado por la
Diputada quilmeña Mónica Frade propone controles antidoping y cursos en materia
de prevención de violencia en las artes marciales y otros deportes de lucha.
El objetivo, según la Diputada Nacional por coalición Cívica_ARI, es generar un marco
regulatorio más rígido y contundente para los deportes de contacto físico y
contención de sus practicantes.
Propone controles antidoping a los jugadores y
directores técnicos de estas competencias y planifica la obligatoriedad de
cursos
anuales en métodos de resolución de conflictos, erradicación de discriminación, violencia de género y prevención de adicciones obligatorios
para las disciplinas deportivas de contacto físico y artes marciales.
La propuesta consta de 9 artículos; en primera
instancia, define a éstos deportes como “todos aquellos comprensivos de luchas,
defensas, combates, artes marciales y deportes enfocados en el contacto físico,
desarrollo muscular y utilización del cuerpo como instrumento de daño, que se
desarrollan mediante contacto físico”.
Estos estudios sólo podrían llevarse adelante en
instituciones de carácter público, por psicólogos profesionales especializados
en deporte y clínica deportiva y será responsabilidad de las Federaciones,
Uniones y/o Asociaciones costear dichos estudios,
que serán vinculantes para
las autoridades de los clubes, federaciones y ligas en cuya representación
compitan los deportistas en cualquier nivel y categoría.
El proyecto también prohíbe a las instituciones, la organización de actividades, reuniones y
eventos grupales, en el interior de sus sedes, que propicien o alienten
comportamientos violentos, vejatorios a la integridad física, degradantes a la
dignidad o que ponderen comportamientos que exacerben superioridad corpórea. De
incumplir con ésta prohibición, serían responsables directos de las
consecuencias dañosas que pudieran derivarse de ese tipo de actividades los
Técnicos y autoridades de los clubes o sedes, siendo pasibles de sanciones
administrativas y penales.
El programa de “capacitación en prevención de la
violencia”, a cargo de la Secretaría de Deportes (Dependiente del Ministerio de
Turismo y Deportes), capacitará a deportistas, cuerpos técnicos y dirigentes de
los clubes en los que se desenvuelvan tales disciplinas, en materia de
prevención de violencia, métodos de resolución de conflictos, erradicación de
discriminación, violencia de género y prevención de adicciones. Planificará
seminarios y cursos de asistencia obligatoria cada año, siendo condición
necesaria la asistencia a los mismos para que el deportista pueda ser admitido
en la inscripción y participación de certámenes, partidos y exhibiciones.
La Secretaría de Deportes de la Nación, será la
encargada de evaluar y supervisar el cumplimiento del programa, y el Ministerio
de Turismo y Deporte, por intermedio de la Secretaría de deportes, será la
autoridad de aplicación en el control y seguimiento del cumplimiento de los
requisitos previstos en la ley; sin perjuicio de la obligación de directo
contralor por parte de los dirigentes y cuerpos técnicos.
ANTIDOPING OBLIGATORIO
Además, las entidades deportivas reconocidas en el
Comité Olímpico Argentino, y/o la Confederación Argentina de Deportes, y/o la
Secretaría de Deportes y todas las Federaciones y/o Asociaciones Deportivas con
Personería Jurídica, deberán inscribirse en el Registro de Instituciones
Deportivas, y tendrán la obligación de organizar y efectuar controles
antidoping a todos los participantes de competencias, certámenes y pruebas que
estén incluidas dentro de las denominadas, disciplinas de “contacto físico”;
así como a todos los cuerpos técnicos a cuyo cargo se desenvuelven. (último
artículo del proyecto de ley, en modificación al art. 7 inc. A, de la Ley 24.819, “Ley de preservación de la
lealtad y el juego limpio en el deporte”).
Post a Comment