LA JUSTICIA OBLIGÓ A IOMA A OTORGAR PRESTACIONES QUE ERAN NEGADAS
El fallo es un antecedente muy importante porque la obra social de los trabajadores estatales de la provincia de Buenos Aires, se negaba a cubrir los gastos del tratamiento del paciente. Ante esta negativa, se presentó en el gremio donde recibió el respaldo jurídico necesario para revertir su situación.
El fallo señala que "IOMA estará obligada a otorgar la cobertura total de las siguientes prestaciones: Internación en Domicilio con Medico Clínico que lo asista regularmente; Enfermera 24 Hs al Día; Cuidadora 12 Hs al Día; Kinesiología 12/20 sesiones por semana; Cama Ortopedia; Colchón Antiescaras; Silla de ruedas Postural; Servicio de terapia ocupacional; Atención Psicológica; Atención Fonoaudiologica; Soporte Nutricional y asistencia respiratoria.
Además deberá continuar con la provisión del alimento Osmolite HN x 1000 Ml y la Bomba infusora para permitir la ingesta del mismo, por todo el tiempo que así sea diagnosticado por el profesional a cargo del paciente para su tratamiento de ELA.
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