POR LEY HABRA JUICIOS POR JURADOS
(13/09/2013)- Se aplicarán en delitos cuya pena exceda los 15 años de prisión. Estarán
integrados por 12 ciudadanos elegidos del
padrón electoral y serán instruidos por un juez acerca del encuadre jurÃdico de
la causa.
El Senado bonaerense convirtió en ley
la incorporación en la Provincia de Buenos Aires del Juicio por Jurados para aquellos delitos cuya pena exceda los 15
años de prisión.
La iniciativa, que fue aprobada en la Cámara Baja bonaerense en diciembre pasado, fue refrendada por los distintos bloques que conforman el Senado con excepción del Frente Renovador. La normativa prevé que el jurado esté compuesto por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes que serán elegidos por sorteo del padrón electoral. Participar del jurado será obligatorio por tratarse de una "carga cÃvica" y serán remunerados.
El jurado intervendrá en todos los debates y dará su veredicto; mientras que los imputados tendrán derecho a renunciar a la aplicación del juicio por jurado de civiles.
El cuerpo será presidido por un juez, quien suministrará las instrucciones para que deliberen, y luego los integrantes deberán reflexionar en sesión secreta por un plazo máximo de dos dÃas, prorrogables por igual perÃodo, para determinar la culpabilidad o inocencia del acusado.
La iniciativa, que fue aprobada en la Cámara Baja bonaerense en diciembre pasado, fue refrendada por los distintos bloques que conforman el Senado con excepción del Frente Renovador. La normativa prevé que el jurado esté compuesto por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes que serán elegidos por sorteo del padrón electoral. Participar del jurado será obligatorio por tratarse de una "carga cÃvica" y serán remunerados.
El jurado intervendrá en todos los debates y dará su veredicto; mientras que los imputados tendrán derecho a renunciar a la aplicación del juicio por jurado de civiles.
El cuerpo será presidido por un juez, quien suministrará las instrucciones para que deliberen, y luego los integrantes deberán reflexionar en sesión secreta por un plazo máximo de dos dÃas, prorrogables por igual perÃodo, para determinar la culpabilidad o inocencia del acusado.
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